El Código del Trabajo define en el articulo 7 a la figura del Intermediario como "toda persona
- mbarahona9
- 8 may 2020
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El Código del Trabajo define en el articulo 7 a la figura del Intermediario como "toda persona natural o jurídica, particular o de derecho público, que contrata en nombre propio los servicios de uno o más trabajadores para que ejecuten algún trabajo en beneficio de un patrono".
