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El Código del Trabajo define en el articulo 5 a la figura del Patrono como "toda persona natura


El Código del Trabajo define en el articulo 5 a la figura del Patrono como "toda persona natural o jurídica, particular o de derecho público, que utiliza los servicios de uno o más trabajadores en virtud de un contrato o relación laboral".


 
 
 

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